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Discuto

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NUEVA LEY ELECTORAL - ELECCIONES 2021

Congresista LUIS REDONDO - pongo a disposición del pueblo de Honduras la siguiente discusión de ley electoral para debatir entre todos los ciudadanos. Todas sus aportaciones las llevaré a la discusión en el Pleno.

Starting: 08 Sep Ending

0 days left (ends 07 Oct)

Yo, LUIS REDONDO - CONGRESISTA DE HONDURAS por el DEPARTAMENTO DE CORTÉS - Continuando con mi programa de Parlamentario en Línea He dispuesto un novedoso sistema a través de una plataforma para llevar el CONGRESO NACIONAL a sus manos. Durante los siguientes días estará habilitada la opción para que Usted pueda hacer sus aportaciones, comentarios, sugerencias y votación tal como si estuviera en el Congreso Nacional. Estaré dando seguimiento a cada una de las Opiniones constructivas, bien argumentadas y me comprometo con llevarlas a la discusión real del pleno al momento de la discusión. Así como lo lees desde ahora tu voz, tu opinión, tu aportación será llevada al Congreso Nacional a través de tu representante en el Congreso LUIS REDONDO.

description

Desde aquí realizarás virtualmente similares acciones legislativas que se realizan en una sesión normal del Congreso Nacional.
Desde hoy 9 de septiembre del 2020 hasta el 07 de octubre mantendré habilitada esta opción, misma que pido empiecen a revisar lo más pronto posible para que todos los ciudadanos sin importar su afiliación política, ideología, apatía o indiferencia podamos aportar con sus propias opiniones.

Vamos a trabajar en equipo con todas sus aportaciones, USTEDES el PUEBLO, son y serán mis únicos ASESORES.
Así que a trabajar JUNTOS - UNIDOS sin importar ninguna condición ni prejuicio. A por HONDURAS.

Adicionalmente pongo a su disposición para este tema el siguiente correo electrónico:
LeyElectoral2021@redondo.ws - Solo para envíos adicionales de documentos que puedan aportar, es importante que todo quede aquí en esta plataforma y la opción de correo solamente para los asuntos que tengan algún documento PDF o Word Adjunto también puede ser un google docs.

Así mismo pongo a su disposición:
Sigueme en Twitter: @Lredondo - Donde estare publicando varias de las opiniones/aportaciones que se reciban.
También en Facebook: facebook.com/Lredondo

Comparte el enlace de esta página: https://www.discuto.io/en/consultation/36512 

Further info

Status: Closed
Privacy: Public
LUIS REDONDO Congreso Nacional de República de Honduras

CONTRIBUTORS (6)

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P819

  1. En su cara principal deben llevar impresas las leyendas siguientes:
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P820

  1. En la parte superior llevar como título la palabra planilla y el nivel electivo al cual corresponda;
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P821

  1. El nombre y bandera de cada uno de los Partidos Políticos, Alianzas o candidaturas Independientes que participan en el proceso electoral;
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P822

  1. Fotografía y nombre de los candidatos, cuando corresponda;
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P823

  1. En el nivel electivo Presidencial y Municipal, para cada partido, un recuadro que contiene las fotografías respectivas y espacio en blanco para marcar el voto; y,
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P824

  1. El nivel electivo de diputados al Congreso Nacional un recuadro que contiene las fotografías de cada diputado y un espacio en blanco para marcar el voto.
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P825

  1. Los espacios correspondientes a cada Partido Político, Alianzas o Candidaturas Independes, deben estar separados por una línea;
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P826

  1. El orden de ubicación de los Partidos Políticos, Alianzas y candidaturas Independientes, en los espacios de las papeletas electorales, se debe establecer conforme al sorteo realizado por el Consejo Nacional Electoral en conjunto con el Consejo Consultivo Electoral, el cual se debe realizar dentro de los cinco (5) días posteriores a la resolución de inscripción de los partidos políticos para las elecciones generales y movimientos internos para las elecciones primarias;
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P827

  1. En el caso de candidatos inscritos que no presentaron fotografía, se debe dejar el espacio en blanco y solo aparecerá su nombre; y
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P828

  1. Cuando el Partido Político o Alianzas no hayan inscritos candidatos en algún nivel electivo, las casillas correspondientes deben aparecer en blanco, sin ningún tipo de leyenda.
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P829

Las papeletas electorales a ser utilizadas para el ejercicio del sufragio, se deben emitir con todas las previsiones de seguridad, a fin de que no sean impresas más papeletas que las realmente indispensables y se deben diferenciar por su color según los niveles electivos.

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P830

El Consejo Nacional Electoral, los partidos políticos, las alianzas y las candidaturas independientes presidenciales, tienen derecho a acreditar representantes a fin de que estén presentes durante el proceso de impresión. Terminada la impresión, se debe destruir el molde que sirvió para la misma, levantando el acta correspondiente que debe ser firmada por el titular de la imprenta y por el representante que designe cada Organización Política y el Secretario General del Consejo Nacional Electoral.

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P831

El Consejo Nacional Electoral con la debida anticipación, debe enviar el material y documentación electoral respectiva a los Consejos Municipales Electorales. Estos los distribuirán a las Juntas Receptoras de Votos, a más tardar una hora antes de la iniciación de la votación. Los Consejos Municipales Electorales, tan pronto reciban el material y la documentación electoral, deben dar aviso, por el medio de comunicación a su alcance, al Consejo Nacional Electoral.

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P832

La recepción de las bolsas conteniendo la documentación electoral y el resto del material, debe realizarse en sesión pública, de lo cual se debe levantar un acta firmada por los miembros del Consejo Municipal Electoral, comunicando al Consejo Nacional Electoral, el número de bolsas o material incompleto.

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P833

Los miembros de la Junta Receptora de Votos recibirán del Consejo Municipal Electoral, la maleta electoral debiendo constatar por escrito que la misma está siendo entregada, observándose en su entrega los elementos de seguridad que se hayan determinado.

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