Discuto is Loading your document from Drive

It can take a while depending on the size of the document..please wait

Discuto is submitting your document

It might take a while depending on the size of the document you uploaded..

Discuto is creating your discussion

Please do not close this window.

Discuto is submitting your comment

Did you know you can vote on comments? You can also reply directly to people's comments.

Your invites are being queued for sending

This might take some time depending on the number of invites, please do not close this window.

Discuto

Discuto

NUEVA LEY ELECTORAL - ELECCIONES 2021

Congresista LUIS REDONDO - pongo a disposición del pueblo de Honduras la siguiente discusión de ley electoral para debatir entre todos los ciudadanos. Todas sus aportaciones las llevaré a la discusión en el Pleno.

Starting: 08 Sep Ending

0 days left (ends 07 Oct)

Yo, LUIS REDONDO - CONGRESISTA DE HONDURAS por el DEPARTAMENTO DE CORTÉS - Continuando con mi programa de Parlamentario en Línea He dispuesto un novedoso sistema a través de una plataforma para llevar el CONGRESO NACIONAL a sus manos. Durante los siguientes días estará habilitada la opción para que Usted pueda hacer sus aportaciones, comentarios, sugerencias y votación tal como si estuviera en el Congreso Nacional. Estaré dando seguimiento a cada una de las Opiniones constructivas, bien argumentadas y me comprometo con llevarlas a la discusión real del pleno al momento de la discusión. Así como lo lees desde ahora tu voz, tu opinión, tu aportación será llevada al Congreso Nacional a través de tu representante en el Congreso LUIS REDONDO.

description

Desde aquí realizarás virtualmente similares acciones legislativas que se realizan en una sesión normal del Congreso Nacional.
Desde hoy 9 de septiembre del 2020 hasta el 07 de octubre mantendré habilitada esta opción, misma que pido empiecen a revisar lo más pronto posible para que todos los ciudadanos sin importar su afiliación política, ideología, apatía o indiferencia podamos aportar con sus propias opiniones.

Vamos a trabajar en equipo con todas sus aportaciones, USTEDES el PUEBLO, son y serán mis únicos ASESORES.
Así que a trabajar JUNTOS - UNIDOS sin importar ninguna condición ni prejuicio. A por HONDURAS.

Adicionalmente pongo a su disposición para este tema el siguiente correo electrónico:
LeyElectoral2021@redondo.ws - Solo para envíos adicionales de documentos que puedan aportar, es importante que todo quede aquí en esta plataforma y la opción de correo solamente para los asuntos que tengan algún documento PDF o Word Adjunto también puede ser un google docs.

Así mismo pongo a su disposición:
Sigueme en Twitter: @Lredondo - Donde estare publicando varias de las opiniones/aportaciones que se reciban.
También en Facebook: facebook.com/Lredondo

Comparte el enlace de esta página: https://www.discuto.io/en/consultation/36512 

Further info

Status: Closed
Privacy: Public
LUIS REDONDO Congreso Nacional de República de Honduras

CONTRIBUTORS (6)

Share:
_
<< Previous paragraphs

P735

  1. La propaganda política impresa sin pie de imprenta;
You agreeCan't vote

Add comment

P736

  1. Utilizar símbolos y héroes nacionales o extranjeros, símbolos religiosos, así como expresiones, alusiones o fundamentaciones de carácter religioso;
You agreeCan't vote

Add comment

P737

  1. Utilizar símbolos o elementos distintivos de otros partidos políticos, movimientos internos, alianzas o candidaturas Independientes;
You agreeCan't vote

Add comment

P738

  1. Contratación de propaganda por persona natural o jurídica, que tenga por objeto el desprestigio de cualquier partido político, sus movimientos internos, sus alianzas, candidatos y candidaturas independientes;
You agreeCan't vote

Add comment

P739

  1. La que emplee imágenes de hechos y actos que atenten contra la salud mental de los hondureños;
You agreeCan't vote

Add comment

P740

  1. La que promueve el incumplimiento de la ley;
You agreeCan't vote

Add comment

P741

  1. La que promueve el irrespeto a los partidos políticos;
You agreeCan't vote

Add comment

P742

  1. La que atente contra la dignidad de las personas; y,
You agreeCan't vote

Add comment

P743

  1. La que promueva el abstencionismo electoral.
You agreeCan't vote

Add comment

P744

Los infractores deben ser sancionados con multa de veinte (20) a cien (100) salarios mínimos, sin perjuicio de la deducción de la responsabilidad penal que proceda.

You agreeCan't vote

Add comment

P745

Se prohíbe la propaganda anónima, entendiéndose ésta como aquella en que no pueda determinarse la persona natural o jurídica que la promueva y contrate.

You agreeCan't vote

Add comment

P746

Los propietarios, directores o gerentes de imprenta, medios de comunicación en general, o empresas publicitarias son responsables, por la impresión, transmisión o publicación de la propaganda anónima.

You agreeCan't vote

Add comment

P747

A los infractores de lo establecido en este artículo se les impondrá una multa de cien (100) a doscientos (200) salarios mínimos. En caso de reincidencia, se procederá a la cancelación del permiso de operación.

You agreeCan't vote

Add comment

P748

El Consejo Nacional Electoral debe hacer uso de los medios de comunicación propiedad del Estado para comunicar, difundir y orientar a la ciudadanía y a los actores del proceso sobre todo lo relativo a las elecciones.

You agreeCan't vote

Add comment

P749

Como mecanismo de fortalecimiento democrático, en las elecciones generales el Consejo Nacional Electoral dispondrá de dichos medios, de acuerdo con los convenios que suscriba con los poderes Ejecutivo y Legislativo, de una franja horaria y/o espacial y debe asignar, siguiendo los principios de igualdad y equidad, los espacios correspondientes a los partidos políticos, alianzas de partidos políticos y candidaturas independientes a nivel presidencial, participantes en el proceso electoral.

You agreeCan't vote

Add comment

P750

Exceptuando lo dispuesto en el artículo anterior, queda prohibido el uso de los medios de comunicación del Estado con fines de propaganda electoral. Los funcionarios que contravengan esta disposición serán destituidos de sus cargos, y aplicárseles adicionalmente una multa de veinte (20) a cien (100) salarios mínimos.

You agreeCan't vote

Add comment